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Llega la INE con género no-binario o autopercibido: Implicaciones en la empresa

Con fecha 7 de septiembre de 2023 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se determina viable que las personas trans que soliciten su Credencial para Votar en la que se les reconozca como mujer u hombre y no presenten su documento de identidad rectificado en el que se les identifique como tal, se les expida la credencial con el identificador M o H acorde con su identidad de género únicamente en el campo de sexo, en acatamiento a la sentencia dictada en el expediente SUP-JE-1042/2023 por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Objeto
A través de este acuerdo, el Instituto Nacional Electoral (INE) acata las sentencias dictadas en los expedientes SM-JDC-396/2020 y SM-JDC-1011/2021 por la Sala Monterrey del TEPJF, para que en la Credencial Para Votar (CPV) se identifique como persona no-binaria solo en el apartado de sexo, a quienes manifiesten su deseo de que se les reconozca con ese carácter sin presentar documento de identidad.

Medidas
El Acuerdo prevé lo siguiente:

  1. Se aprueba la expedición de la CPV a personas trans reconociendo su identidad de género (‘M’ o ‘H’) en el campo de sexo, sin necesidad de presentar un documento de identidad rectificado y sin cambiar otros datos de la credencial.
  2. Las acciones afirmativas para beneficiar a las personas trans en el ámbito electoral se adoptarán más adelante por el Consejo General, garantizando el uso de la Credencial para Votar tanto para ejercer su voto como medio de identificación.
  3. Se encarga a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores hacer ajustes en los procedimientos y capacitación relacionados con la atención ciudadana en relación con esta decisión.
  4. Se solicita un estudio para considerar la inclusión en la Credencial para Votar de un campo que refleje la identidad de género autopercibida, distinto del campo de sexo.
  5. Se pide informar mensualmente y trimestralmente sobre los avances de los ajustes realizados por motivo de este acuerdo.
  6. La Dirección Jurídica deberá comunicar al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el cumplimiento de una sentencia relacionada.
  7. Este acuerdo es efectivo desde su aprobación por el Consejo General, que fue el 20 de julio de 2023.

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