Con fecha 30 de junio de 2023 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da a conocer el Segundo Anteproyecto de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, a través de la cual anuncia una facilidad para las personas físicas contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
La facilidad consiste en que aquellas personas físicas del RESICO que no hayan presentado su declaración anual del ejercicio 2022, podrán hacerlo a más tardar el 2 de octubre de 2023, pagando el impuesto que corresponda con la actualización y recargos correspondientes, sin que esto se considere motivo de expulsión del régimen.
Cabe recordar que el Artículo 113-I, en su primer párrafo, establece como motivo de expulsión del RESICO la omisión de la declaración anual, o bien, la omisión de tres o más pagos mensuales en un año de calendario consecutivos o no.
Con esta facilidad se puede subsanar la omisión de la declaración anual, y continuar tributando en el régimen.