Software de administración, hojas de cálculo, herramientas computacionales especializadas o papeles de trabajo, deben ser revisados para asegurarse de que los parámetros con los que se calcularán los impuestos y demás obligaciones de las empresas durante el año 2023 son los correctos.
Es conveniente hacer un listado de verificación para asegurar que los datos que se utilizarán para llevar las cuentas y determinar los diversos impuestos durante el ejercicio son los vigentes en el ejercicio, por lo que a continuación se presenta una lista de conceptos a considerar, misma que no es exhaustiva, pero abarca los aspectos más relevantes a considerar:
- ISR
- Tasa de ISR de 30% para personas morales (Igual que para 2022)
- Tarifas de ISR de personas físicas con tasa máxima de 35%, han sido sujetas de actualización para 2023, por lo que es necesario actualizarlas en el sistema.
- Se debe considerar que existe el régimen denominado Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) el cual tiene su propia tarifa de impuesto.
- La tabla de subsidio al empleo permanece igual a la de 2022
- Tasa de retención de ISR sobre honorarios y arrendamientos se mantiene en 10%
- Se tiene un la tasa de retención de ISR que las personas morales efectuarán a los contribuyentes del RESICO, equivalente al 1.25% de la operación
- Factores de piramidación y otros para el cálculo de impuestos son los mismos que para 2022
- Límite de gastos deducibles permanecen iguales a los de 2022
- La tasa de retención anual sobre intereses aumenta de 0.08% a 0.15% sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses
- Las tasas de retención a personas que comercian o prestan servicios a través de plataformas digitales, son las mismas que para 2022:
- Servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes: 2.1%
- Prestación de servicios de hospedaje: 4%
- Enajenación de bienes y prestación de servicios: 1%
- Límite de deducción de intereses en los mismos parámetros que para 2022
- IVA
- Tasa general de 16%
- Tasa fronteriza de IVA de 8%, aplicable también en frontera sur
- Tasa de retención a personas físicas sobre honorarios, arrendamiento y comisión de dos terceras partes del impuesto, tanto para el interior de la república (10.6667%), como para la frontera (5.3333%).
- La tasa de retención por servicios de autotransporte terrestre de bienes (fletes) se mantiene en 4%
- Se elimina la tasa de retención de 6% para los servicios que consistan en poner personal a disposición del cliente.
- Se amplía la tasa 0% a los productos femeninos de gestión menstrual
- IEPS
- Revisar si los gravámenes de IEPS afectan el producto o servicio prestado y preparar los controles correspondientes
- Las cuotas del IEPS han sido actualizadas para 2023.
- Salarios mínimos generales 2023
- Salario mínimo para Región Fronteriza Norte para 2023
- Nuevas cuotas de Cesantía y Vejez para 2023.
- Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en 2023 (a partir de febrero)
- Considerar la UMA o el nuevo salario mínimo para integración del Salario Base de Cotización para las cuotas de seguridad social
- Considerar la UMA o el nuevo salario mínimo para la determinación de conceptos exentos de ISR
- Considerar la UMA para la determinación de los montos de identificación y reporte de actividades vulnerables a que obliga la Ley Anti-Lavado
- Actualizar tus bases de datos cambiando las referencias al ‘Distrito Federal’ por la ‘Ciudad de México’
Comprobantes Fiscales
Desde enero de 2022 entran en vigor nuevas versiones de comprobantes fiscales digitales, que son obligatorias a partir del 1 de abril de 2023:
- Comprobante Fiscal Digital por Internet 4.0
- Complemento para Recepción de Pagos 2.0
- Complemento de Nómina 1.2 Revisión C
- Comprobante de Retenciones e Información de Pagos 2.0
Con un período de prueba de un mes, en el que se permitirán errores, pero sí debe emitirse el documento, es obligatoria la emisión de la Carta de Porte Digital, o Complemento Carta Porte.
En este mismo sentido, el Complemento Carta Porte sufre modificaciones vigentes a partir de enero de 2023.
Fechas y vencimientos
Otros aspectos que conviene revisar en este inicio de ejercicio son:
- Días inhábiles
- Vencimiento de las firmas electrónicas para el SAT
- Vencimiento de certificados electrónicos para el IMSS
- Vencimiento de certificados de facturación electrónica
Obligaciones generales
Algunas obligaciones fiscales que se deben monitorear y controlar son:
- Factura electrónica para las retenciones
- Contabilidad en medios electrónicos
- Avisos sobre actividades vulnerables
- Inscripción de centros de trabajo al INFONACOT
- Obligaciones en materia de contratación de servicios especializados
Impuestos estatales
En lo que respecta a impuestos estatales, se recomienda revisar en cada caso particular si en el Estado se realizaron reformas a las leyes locales, por las que hubiera que hacer modificaciones en los papeles de trabajo.
Comentarios finales
Como se indica, este listado de tareas de ninguna manera es exhaustivo, por lo que se sugiere que en cada caso particular se revisen con detenimiento qué otros parámetros o datos se requieren actualizar para que todas las herramientas administrativas estén al día, y evitar errores u omisiones en el cumplimiento de las obligaciones.