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Análisis de la Reforma Fiscal 2023

El análisis se divide en cinco grandes apartados. El primero aborda las consideraciones previas que consiste en un recuento de aspectos fiscales suscitados en 2022 o antes, con implicaciones en 2023. Posteriormente se comentan las propuestas que finalmente no fueron aprobadas. En seguida se analizan los ingresos y los gastos de la Federación para el ejercicio 2023 y finalmente se presentan los cambios a las leyes fiscales, presentados con la mecánica referida.

Con esta mecánica se provee al lector con un índice de modificaciones, adecuadamente clasificadas, de forma que puede visualizar solamente los cambios que le interesan, sin necesidad de recorrer todo el documento que, de otra forma, resultaría muy extenso.

I. Consideraciones Previas

Beneficios fiscales
A continuación, se analizan los beneficios fiscales que terminan en 2022 y los que continúan para 2023.

Importación de automóviles usados
El 24 de diciembre de 2020 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se prorroga el diverso por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados, hasta el 30 de septiembre de 2024, además de realizar una serie de adecuaciones a las fracciones arancelarias contenidas en él, para ajustarlas a las nuevas fracciones que están por entrar en vigor. Este decreto contempla lo siguiente:

  • Vehículos a importar sin certificado de origen
  • Vehículos a importar en frontera norte
  • Vehículos no elegibles para importación definitiva
  • Importación de vehículos por doce meses
  • Obligaciones de comerciantes en el ramo de vehículos
  • Suspensión del padrón de importadores
  • Vehículos que se encuentren en el país a la vigencia de este decreto
  • Requisitos para vehículos usados a importar a frontera norte
  • Reglas para reexpedir vehículos importados a frontera norte

Regularización de importación de autos usados en frontera norte
Con fecha 18 de octubre de 2021 se publica en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se instruyen diversas acciones a las dependencias que se indican, en relación a la importación definitiva de vehículos usados de procedencia extranjera que no hayan tramitado su importación definitiva en los estados de la región fronteriza norte y en el estado de Baja California Sur.

Regularización de vehículos de procedencia extranjera de 5 o más años de antigüedad
Con fecha 29 de diciembre de 2022 se publica en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera.

Con este decreto se busca fomentar la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera que se encuentren en el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Jalisco, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Zacatecas, y no cuenten con el documento que acredite su legal estancia en el país, mediante las facilidades administrativas y estímulos que en el mismo se prevén.

Extensión de beneficios fiscales
En cuanto a beneficios fiscales otorgados en años anteriores y que mantienen su vigencia, se encuentran:

  • Condonación de ISR por créditos hipotecarios condonados
  • Estímulo a la inversión en deportistas altamente especializados
  • Facilidades de comprobación para autotransportistas
  • Desarrolladores inmobiliarios

En materia de seguro social, se extiende hasta 2024 el beneficio a trabajadores eventuales del campo:

  • Se extiende a 2024 y se reduce beneficio a trabajadores eventuales del campo

Cantidades máximas deducibles

Las cantidades máximas de deducción que establece la Ley del ISR no han sufrido actualización desde dicho año, lo cual representa una disminución real de cerca de más del 100% en los valores a deducir.

Tarifa de ISR
La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) prevé un mecanismo a través del cual se debe actualizar la tarifa del impuesto a las personas físicas, cuando la inflación acumulada rebase el 10% desde la última vez que fueron actualizadas

La última vez que estas tarifas fueron actualizadas, fue al mes de diciembre de 2020, para entrar en vigor el 1 de enero de 2021.

La inflación acumulada hasta 2022 rebasa el parámetro indicado, por lo que para 2023 habrá actualización de tarifas.

Aumento a cuotas IEPS
La Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) prevé que cada año se actualicen con inflación las siguientes cuotas de impuesto, por lo que se estarán dando incremento en estos impuestos:

  • Combustibles automotrices
  • Cuota de $1 a bebidas con azúcares añadidos
  • Cuotas a combustibles fósiles

Tratados Tributarios
Durante el ejercicio 2022 no se aprobó ningún tratado tributario en materia fiscal, pero fue aprobado por el Senado el Instrumento Multilateral.

Impuesto Mínimo Global
A nivel internacional continúan los trabajos para la implementación del impuesto mínimo global:

  • Emite IRS guías para el Impuesto Corporativo Alternativo Mínimo (CAMT)
  • Consulta pública de la OCDE para implementar Pilar Uno y Pilar Dos
  • Consejo Europeo llega a acuerdo sobre el Pilar 2 de la OCDE
  • Los Dos Pilares de la tributación internacional de OCDE
  • Refrendan Francia, Alemania, Italia, Holanda y España compromiso con GloBe

Impuesto al carbono para combate al cambio climático
Otro de los temas que han tomado fuerza en los últimos años son los impuestos al carbono que se han propuesto como medida de combate a las causas del cambio climático:

  • Sobretasa ecológica de ISR en California, EUA
  • Principio In Dubio Pro Natura: El derecho a un ambiente sano
  • Pacta sunt servanda: Cambio climático y tributos

CFDI versión 4.0
Los cambios contenidos en la reforma fiscal en 2022 hacen necesaria la actualización el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a su versión 4.0. 

Vacaciones dignas
Con fecha 27 de diciembre de 2022 se publica en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones.

Con esta publicación se oficializa la reforma laboral para el incremento en las vacaciones de los trabajadores implica que, a partir del 1 de enero de 2023, los trabajadores disfrutarán de un periodo continuo de un mínimo de 12 días de vacaciones.

Nueva prima de seguro de CyV
De acuerdo con el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 16 de diciembre de 2020, a partir del 1 de enero de 2023 inicia un incremento gradual en la cuota patronal del ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (Cesantía). El incremento se ha visto emproblemado por algunas fallas técnicas que han generado incertidumbre jurídica y operativa para los patrones. A partir del 1 de enero de 2023, las cuotas obrero-patronales ya se calcularán con este nuevo parámetro, por lo que es importante que se conozca cómo se va a operar.

II. Lo que No se Aprobó
Se hace un recuento de los temas que circularon en medios como probables reformas; sin embargo, dado que para 2023 no hubo ninguna propuesta de reforma fiscal, no circuló información en medios sobre cambios potenciales.

III. Los Ingresos en 2023
Cada año se definen en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) los lineamientos que se deben seguir para la recaudación y fiscalización de los ingresos de la Federación. Con fecha 15 de noviembre de 2022, se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023, que contiene estos lineamientos.

De acuerdo con lo establecido en la Ley de Ingresos de la Federación para 2023 se estima que los ingresos proyectados para 2023 son por 8.29 billones de pesos. Para el ejercicio 2022 fueron de 7.08 billones, esto significa un incremento de 17.09% para el 2023.

La recaudación esperada para 2023, se compone de la siguiente manera (Cifras en millones de pesos):

Concepto20232022Variación
I. Impuestos:4,623,583.103,944,520.6017.22%
     1. Impuesto sobre la renta2,512,233.302,073,493.5021.16%
     2. Impuesto al valor agregado1,419,457.101,213,777.9016.95%
     3. Impuesto especial sobre producción y servicios486,212.70505,238.50-3.77%
     4. Impuesto sobre automóviles nuevos15,400.9012,113.2027.14%
     5. Impuestos al comercio exterior98,341.9072,939.5034.83%
     6. Accesorios83,927.6059,342.4041.43%
     7. Otros impuestos7,676.607,458.802.92%
     8. Impuestos pendientes de pago333.00156.80112.37%
II. Cuotas de seguridad social470,845.40411,852.5014.32%
III. Contribuciones de mejoras34.6032.606.13%
IV. Derechos57,193.0047,193.5021.19%
V. Productos6,543.607,918.80-17.37%
VI. Aprovechamientos173,554.20184,864.70-6.12%
VII. Ingresos por venta de bienes y servicios1,303,977.501,205,324.308.18%
VIII. Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas487,742.60370,928.1031.49%
IX. Ingresos derivados de financiamientos1,176,173.80915,615.2028.46%
Total8,299,647.807,088,250.3017.09%


Derivado del monto de ingresos fiscales a obtener durante el ejercicio fiscal 2023, la recaudación federal participable se proyecta por 4.44 billones de pesos, comparado con 3.94 billones de pesos de 2022.

Se autoriza contratar y ejercer créditos por un monto de endeudamiento neto interno hasta por 1 billón 170 mil millones de pesos, y un endeudamiento externo de hasta 5,500 millones de dólares.

Los ingresos como proporción del total se muestran en la Figura 1.

Figura 1. Integración porcentual de los ingresos de la federación para el ejercicio 2023.


De lo anterior se desprende que son los ingresos por impuestos el rubro que representa el mayor porcentaje de éstos.

En la Figura 2 se compara esta recaudación de 2023 con los ingresos establecidos para el ejercicio 2022.

Figura 2. Recaudación establecida en la Ley de Ingresos de la Federación para 2023 comparada con la de 2022. Cifras históricas.


De la gráfica se desprende que para 2023 se espera una mayor recaudación en todos los rubros.

En cuanto a la recaudación de los impuestos en particular, la proporción que cada uno representa del total de impuestos por $ 4.62 billones de pesos, se muestra en la Figura 3.

Figura 3. Integración porcentual de los ingresos de la federación para el ejercicio 2023.


De la anterior gráfica se desprende que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) continúa siendo un impuesto muy importante en la recaudación, ya que es el segundo impuesto en comparación al Impuesto sobre la Renta (ISR).

En la Figura 4 se muestra una comparación de las cifras establecidas en la Ley de Ingresos de la Federación de 2023 con la de 2022, en cifras históricas.

Figura 4. Integración porcentual de los ingresos de la federación para el ejercicio 2023.


En la gráfica se destaca el incremento en la recaudación de todos los impuestos.

IV. Los Gastos en 2023
El gasto neto total previsto en el presente Presupuesto de Egresos, importa la cantidad de $8,299,647,800,000, superior en $1.21 BDP con respecto al presupuesto de 2022 establecido en $7,088,250,300,000, y corresponde al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos del mismo ejercicio, proyectándose un déficit presupuestario de $1,134,140,700,000.

Los siguientes son algunos de los aspectos principales del presupuesto.

Pemex
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) detalla que para el ejercicio fiscal 2023 se aprueba para Petróleos Mexicanos (Pemex) una meta de balance financiero de $0 y un techo de gasto de servicios personales de $106,088,262,538.

CFE
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) tiene una meta de balance financiero de $0, y un techo de gasto de servicios personales de $69,947,194,605.

IMSS
El gasto programable del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) será de $1,165,698,799,075. El Gobierno Federal aportará al Instituto la cantidad de $126,119,495,515, como aportaciones para los seguros; asimismo, dispondrá de la cantidad de $558,929,467,872, para cubrir las pensiones en curso de pago derivadas del artículo Duodécimo Transitorio de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, y aportará la cantidad de $$6,666,278,036, para atender lo dispuesto en los artículos 141, 172 y 172 A de dicha Ley.

Sueldo de funcionarios
Un dato importante a conocer es el de las remuneraciones a algunos funcionarios del más alto nivel para 2023, con su tasa efectiva de impuesto:

FuncionarioPresidente de la RepúblicaSecretarioSenadorDiputadoMinistro de la SCJN
Percepción bruta anual2,602,4862,360,4062,482,8101,566,6415,529,451
ISR retenido737,861662,047712,948397,0991,755,456
Remuneración total anual neta1,864,6251,698,3591,769,8621,169,5423,773,995
Tasa efectiva de impuesto28.35%28.05%28.72%25.35%31.75%


La variación salarial para 2023, en relación con 2022, es la siguiente:

FuncionarioSueldo bruto 2022Sueldo bruto 2023Variación
Presidente de la República2,487,0232,602,4864.64%
Secretario2,243,2002,360,4065.22%
Senador2,215,1872,482,81012.08%
Diputado1,560,4121,566,6410.40%
Ministro de la SCJN5,006,1375,529,45110.45%

V. Los Cambios para 2023
Para 2023 no hay cambios en materia fiscal.

VI. Transitorios
Para 2023 no hay cambios en materia fiscal.

Vigencia
Para 2023 no hay cambios en materia fiscal.

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