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Incumple SAT obligación de publicar resoluciones favorables

El Artículo 34, último párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicará mensualmente un extracto de las principales resoluciones favorables a los contribuyentes, debiendo cumplir con lo dispuesto en el Artículo 69 del mismo Código, que se refiere a la protección de los datos personales del contribuyente.

Según lo marca el Artículo 47 del Reglamento del CFF, los extractos publicados no generan derechos para los contribuyentes.

No obstante este mandato, la autoridad suma ya más de dos años que no publica ninguna resolución en su página de Internet.

El compendio de estas resoluciones se da a conocer a través de un sistema de la autoridad disponible en la siguiente dirección: Resoluciones Favorables (sat.gob.mx); sin embargo, como se indica en el mismo sitio, el mismo no ha sido actualizado desde el 29 de julio de 2020, como puede verse en esta captura de pantalla del 24 de octubre de 2022:

Esto significa que la autoridad ha estado incumpliendo con lo dispuesto por el Artículo 34 del CFF durante más de dos años. Por su parte, los contribuyentes se encuentran imposibilitados para conocer cuáles ha sido los criterios favorables del SAT resueltos a lo largo de ese período.

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