Las personas morales del Régimen General están estrenando formulario para realizar pagos provisionales mensuales del Impuesto sobre la Renta (ISR), y las dificultades para su uso no se han hecho esperar.
Nuevo formato
El nuevo formato cuenta con la característica de que los ingresos facturados se muestran precargados, provenientes de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) de ingresos emitidos en el período. Ese dato no es editable. Para hacer una modificación es necesario cancelar o emitir los comprobantes, según sea el caso.
Ingresos adicionales
Adicional a estos ingresos, el formulario prevé dos campos de información sobre ingresos adicionales:
- ¿Tienes ingresos nominales a disminuir?
- ¿Tienes ingresos nominales adicionales?
Para el caso de los ingresos nominales a disminuir, se prevé que el contribuyente pueda disminuir montos que ya fueron acumulados en periodos anteriores o porque en lugar de acumular el ingreso facturado se debe acumular sólo la ganancia obtenida en la operación, en términos de las disposiciones fiscales.
Para el caso de los ingresos nominales adicionales, al habilitar este campo, el sistema ofrece una nueva plantilla donde se pide capturar el tipo de ingreso, para lo cual solamente contempla los siguientes supuestos:
- Ganancia por enajenación
- Ingresos facturados de períodos anteriores cobrados en el período (sociedades o asociaciones civiles)
- Ingresos no facturados en el período
Ganancia cambiaria
Dado que la ganancia cambiaria es un ingreso nominal que debe considerarse en el pago provisional de las personas morales, surge la duda de la forma en que este dato debe ir reportado.
Si bien hubiera sido deseable que se incluyera un campo, como tal, de “ganancia cambiaria”, para que fuera más claro para el usuario, todo parece indicar que la opción a utilizar para declarar esta ganancia sería la de “ingresos no facturados en el período”. Esto sería así porque ese ingreso no se factura.
Adenda. Información adicionada a las 9:50 am del 8 de febrero de 2022
Un problema adicional se detecta en el formulario, ya que en el formulario no se está mostrando la opción “”, como se muestra en la siguiente imagen:

Como puede apreciarse, el menú de opciones sólo muestra dos, a diferencia del Instructivo, en el que se muestran las tres opciones referidas, como se indica a continuación:

Este instructivo es el que se adjunta al trámite, disponible en la siguiente dirección:
Presenta tu declaración de pagos provisionales del régimen general del ejercicio 2022 en adelante – Declaraciones – Portal de trámites y servicios – SAT
Comentarios finales
Es claro que la denominación de esa opción “ingresos no facturados” pareciera dar la idea de que el contribuyente está incurriendo en una falta al no facturar ingresos, pero este campo es más bien para utilizarse en estos casos. Definitivamente el uso de ese término no es el más adecuado y, en términos de “usabilidad” del sistema, resulta confuso.
No obstante, dado que no existiría otra forma de incluir el dato de la ganancia cambiaria como ingreso del período, será necesario utilizar esta opción.
Lo primero, será que la autoridad corrija el formato para que incluya la opción referida.
Y que pasa con la facturación de cuenta por terceros, la autoridad la está considerando como ingresos propios y no hay forma de disminuirlos.
la ganancia cambiaria viene en el articulo 8, la cual dice que se le da tratamiento de interes, por lo tanto debe de ir en ese apartado.