Una de las dudas operativas más comunes en los procesos de implementación de la carta de porte digital, o Complemento Carta Porte (CCP), es la manera o lineamientos con los que deben emitirse las representaciones impresas de estos documentos, mismos que acompañarán a las mercancías durante su traslado.
Una de las preocupaciones de los involucrados en el proceso logístico es el detalle de los datos y, por ende, la seguridad tanto de los datos, como de los datos y de los operadores de los vehículos.
A través del Instructivo de Llenado del Complemento Carta Porte, publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su página de Internet, se establecen los lineamientos a seguir, mismos que a continuación se plasman.
La información que debe contener la representación impresa del CFDI al que se le incorpore el complemento Carta Porte, de acuerdo a lo establecido en el artículo 29-A del CFF y la regla 2.7.1.7. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021, es la siguiente:
A. Información del CFDI
La información a nivel comprobante que debe contener la representación impresa deberá cumplir con lo establecido en la regla miscelánea 2.7.1.7.; es decir, debe contener los siguientes datos:
- Código de barras generado conforme a la especificación técnica que se establece en el rubro I.D del Anexo 20 o el número de folio fiscal del comprobante.
- Número de serie del CSD del emisor y del SAT, que establecen los rubros I.A y III.B del Anexo 20.
- La leyenda: ‘Este documento es una representación impresa de un CFDI’.
- Fecha y hora de emisión y de certificación del CFDI, en adición a lo señalado en el artículo 29-A, fracción III del CFF.
- Cadena original del complemento de certificación digital del SAT.
- Tratándose de las representaciones impresas del CFDI que amparen retenciones e información de pagos emitidos conforme a lo dispuesto en la regla 2.7.5.4., adicional a lo anteriormente señalado deberán incluir:
- Los datos que establece el Anexo 20, apartado II.A., así como los correspondientes a los complementos que incorpore.
- El código de barras generado conforme a la especificación técnica establecida en el Anexo 20, rubro II.D (Código QR).
- Tratándose de las representaciones impresas de un CFDI emitidas conforme a lo dispuesto en la regla 2.7.2.14. (expedición de CFDI a través del adquirente de bienes o servicios) y la Sección 2.7.3. (ventas de personas físicas sector primario, arrendadores, bienes usados, artesanías, etc.), se deberá estar a lo siguiente:
- Espacio para registrar la firma autógrafa de la persona que emite el CFDI y, según corresponda, cumplir con lo dispuesto en la fracción VI de la regla 2.7.4.4. (firma autógrafa o huella digital del productor con la leyenda ‘Acepto de total conformidad y bajo protesta de decir verdad que los datos asentados son verídicos’).
- Respecto a lo señalado en la fracción II de esta regla, se incluirá el número de serie de CESD del proveedor de certificación de CFDI o del SAT, según corresponda, en sustitución del número de CSD del emisor.
- Tratándose de las representaciones impresas del CFDI por pagos (Complemento para Recepción de Pagos), adicional a lo señalado en las fracciones anteriores de esta regla, deberán incluir la totalidad de los datos contenidos en el complemento para pagos.
- Los datos establecidos en el ‘Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte’, que publique el SAT en su Portal.
B. Información del Complemento Carta Porte
Debe contener información de los siguientes campos:
- CartaPorte
- TranspInternac
- EntradaSalidaMerc
- PaisOrigenDestino
- ViaEntradaSalida
- TotalDistRec
- Ubicacion
- TipoUbicacion
- IDUbicacion
- RFCRemitenteDestinatario
- NombreRemitenteDestinatario
- NumRegIdTrib
- ResidenciaFiscal
- NumEstacion
- NombreEstacion
- NavegacionTrafico
- FechaHoraSalidaLlegada
- TipoEstacion
- DistanciaRecorrida
- Domicilio
- Calle
- NumeroExterior
- NumeroInterior
- Colonia
- Localidad
- Referencia
- Municipio
- Estado
- Pais
- CodigoPostal
- Mercancias
- PesoBrutoTotal
- UnidadPeso
- PesoNetoTotal
- NumTotalMercancias
- Mercancia
- BienesTransp
- Descripcion
- Cantidad
- ClaveUnidad
- Unidad
- MaterialPeligroso
- CveMaterialPeligroso
- Embalaje
- PesoEnKg
- FraccionArancelaria
- Pedimentos
- Pedimento
- GuiasIdentificacion
- NumeroGuiaIdentificacion
- DescripGuiaIdentificacion
- PesoGuiaIdentificacion
- CantidadTransporta
- Cantidad
- IDOrigen
- IDDestino
- DetalleMercancia
- UnidadPesoMerc
- PesoBruto
- PesoNeto
- PesoTara
- NumPiezas
- Autotransporte
- PermSCT
- NumPermisoSCT
- IdentificacionVehicular
- ConfigVehicular
- PlacaVM
- AnioModeloVM
- Seguros
- AseguraRespCivil
- PolizaRespCivil
- AseguraMedAmbiente
- PolizaMedAmbiente
- AseguraCarga
- PolizaCarga
- PrimaSeguro
- Remolque
- SubTipoRem
- Placa
- TransporteMaritimo
- PermSCT
- NumPermisoSCT
- TipoEmbarcacion
- Matricula
- NumeroOMI
- NombreEmbarc
- NacionalidadEmbarc
- UnidadesDeArqBruto
- TipoCarga
- NumCertITC
- LineaNaviera
- NombreAgenteNaviero
- NumAutorizacionNaviero
- NumViaje
- NumConocEmbarc
- Contenedor
- MatriculaContenedor
- TipoContenedor
- NumPrecinto
- TransporteAereo
- PermSCT
- NumPermisoSCT
- MatriculaAeronave
- NumeroGuia
- CodigoTransportista
- RFCEmbarcador
- NumRegIdTribEmbarc
- TransporteFerroviario
- TipoDeServicio
- NombreAseg
- NumPolizaSeguro
- DerechosDePaso
- TipoDerechoDePaso
- KilometrajePagado
- Carro
- TipoCarro
- MatriculaCarro
- GuiaCarro
- ToneladasNetasCarro
- Contenedor
- TipoContenedor
- PesoContedorVacio
- PesoNetoMercancia
- TiposFigura
- TipoFigura
- RFCFigura
- NumLicencia
- NombreFigura
- NumRegIdTribFigura
- ResidenciaFiscalFigura
- Domicilio
- Estado
- Pais
- CodigoPostal
Los campos enlistados anteriormente pueden no contener valores dependiendo del uso del campo, medio de transporte, mercancías y puntos de Origen y/o Destino, los campos que contengan valores serán los que aparecerán en la representación impresa en papel o en formato digital del CFDI al que se le incorpore el complemento Carta Porte.
Cuando el emisor lo solicite, el Proveedor de Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (PCCFDI) deberá incluir únicamente en la representación impresa, las “CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE AMPARA EL COMPLEMENTO CARTA PORTE” vigentes, que para tal efecto publique la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Como puede apreciarse, el detalle de datos que deben incluirse en la representación impresa de la carta de porte digital, son de un amplio detalle, lo que agregará complejidad en su manejo, un amplio volumen de papel, y riesgos de seguridad al contener información sensible que pueden ser dañina en las manos equivocadas.