El 17 de junio de 2021 la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) publica la segunda edición de Fighting Tax Crime – The Ten Global Principles en donde se proveen diez principios que permitan a los países evaluar su actuar respecto a la lucha contra el crimen fiscal[1].
En ese sentido, si bien el documento está dirigido a las personas que toman decisiones relacionadas a las políticas fiscal-penal de los países, es importante para los profesionistas fiscales reconocer las tendencias internacionales que pueden derivar en cambios legislativos.
Particularmente, el reporte enfatiza la necesidad de los países por relacionarse activamente y cooperar para combatir los crímenes fiscales, ya sea a través del uso de mecanismos de intercambio de información o a través de estrategias para disuadir a los asesores fiscales.
Resultado de México en el reporte
En general, el reporte muestra a México como un país altamente capacitado para perseguir crímenes fiscales. Para empezar, el reporte identifica que existe un régimen penal especializado para casos de delitos fiscales.
Asimismo, se demuestra que la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF) tiene total facultad para perseguir delitos fiscales. Esto quiere decir que la PFF tiene facultad para perseguir crímenes fiscales sin tener que ser autorizado por otra autoridad. En ese sentido, puede de forma directa:
- Solicitar información a terceros
- Investigar propiedad y tomar evidencias de la posesión de los involucrados
- Interceptar comunicaciones
- Buscar y tomar hardware computacional, software, celulares y otros medios digitales
- Entrevistar
- Investigar en cubierto
- Arrestar a una persona
- Tomar y confiscar activos aún cuando se traten de investigaciones fiscales a nivel internacional
De igual forma, en materia de confiscación, el reporte identifica que la PFF está facultada para:
- Congelar activos en un plazo menor a 48 horas
- Extender los alcances de la propiedad confiscada (confiscar propiedad adicional que la corte determine sea procedente de crímenes distintos al juzgado)
- Confiscar en base al valor pecuniario de los activos
- Confiscar a terceros
- Confiscar sin que exista un juicio penal ni sentencia (la acción se toma contra el activo y no la persona)
El reporte resalta que, durante 2019 en México, por cada dólar gastado en los juicios en materia fiscal penal, se obtenían 16 dólares, es decir un retorno del 1600%. Cabe añadir que la Procuraduría Fiscal de la Federación cuenta con 60 abogados de tiempo completo.
Accesos de información por parte de la autoridad
Del reporte también se desprende que el órgano de investigación de crímenes fiscales en México tiene un acceso a la información amplio. No obstante, en todos los casos tiene que solicitar la información a los organismos gubernamentales que almacenan los datos, es decir, no tienen acceso directo.
En ese sentido, el ente persecutor de la autoridad hacendaria tiene posibilidad de acceder, bajo solicitud, a la siguiente información:
- Registro de Propiedad
- Registro catastral
- CURP
- Bases de datos de información fiscal
- Bases de datos de información aduanal
- Bases de datos policiales
- Bases de datos judiciales
- Bases de datos de reportes de transacciones sospechosas
- Bases de datos de cuentas bancarias nacionales
- Registro vehicular
- Registro de embarcaciones o artefactos navales
Cabe resaltar que los alcances de la autoridad para informarse no se limitan a los datos que localizados dentro del país. En México, entre 2015 y 2018 se solicitaron 30 acciones de tratado de asistencia jurídica mutua[2] y se recibieron 15 solicitudes.
Dicho lo anterior, existen diversos mecanismos de cooperación entre los países, tratándose de temas fiscales. Por ejemplo, investigaciones en conjunto, proveer acceso a reportes de actividad sospechosa, diseñar estrategias coordinaras para analizar y responder a transferencia sospechosas, desarrollar una acción coordinada para recuperar los activos relacionados a un crimen, entre otros.
Notas finales
Como se indica en un inicio, aunque el reporte está dirigido a personal de las autoridades tributarias de los países de la OCDE, es importante que los profesionistas fiscales identifiquen las tendencias de los países en materia de fiscalización conozcan las capacidades de las autoridades.
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Notas al pie
[1] El reporte define crimen fiscal como “conducta que viola la legislación fiscal y que puede ser investigada, juzgada y sentenciada bajo procedimientos penales dentro del sistema de justicia penal”.
[2] Acuerdos para la cooperación en el uso de facultades de investigación y coercitivas.