Contables y Fiscales

Estímulos fiscales en la Ley de Ingresos para 2021

Con fecha 8 de septiembre de 2020 se presentó ante el Congreso de la Unión el Paquete Económico y Presupuesto para el año 2021, en donde se incluyen las políticas económicas para el ejercicio indicado, el presupuesto de gasto y las medidas recaudatorias que se implementarán a través de lo que se conoce como Reforma Fiscal. Como parte del paquete económico se incluye la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) para 2021 la cual contiene diversas consideraciones en cuanto a obligaciones, regímenes opcionales y estímulos fiscales para 2021.

Estímulos fiscales
En ese sentido, se enlistan los estímulos fiscales y sus cambios propuestos para el 2021 con una breve descripción que indica en qué consisten:

  1. Estímulo diésel para maquinaria. Para personas con actividades empresariales para acreditar IEPS pagado por la compra o importación del diésel o biodiésel o sus mezclas, utilizado en maquinaria en general, excepto vehículos, contra el ISR. Se establece que este estímulo se considera ingreso acumulable para efectos de ISR.
  2. Estímulo diésel para sector primario. Estímulo para sector primario para solicitar la devolución del IEPS pagado, en lugar de efectuar el acreditamiento referido en el punto anterior. Se establece que este estímulo se considera ingreso acumulable para efectos de ISR.
  3. Estímulo diésel para transporte público o privado. Estímulo para contribuyentes que importen o adquieran diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado, de personas o de carga, así como el turístico, consistente en permitir el acreditamiento de un monto equivalente al IEPS pagado en la adquisición o importación de dichos combustibles, contra el ISR propio. Se establece que este estímulo se considera ingreso acumulable para efectos de ISR.
  4. Estímulo en cuotas de peaje. Estímulo para acreditar un 50% de los pagos de los servicios por el uso de la infraestructura mencionada, contra el ISR. Se establece que este estímulo se considera ingreso acumulable para efectos de ISR.
  5. Estímulo diésel no combustionado usado en proceso productivo. Estímulo para acreditar IEPS de combustibles fósiles utilizados en procesos productivos para la elaboración de otros bienes y que en su proceso productivo no se destinen a la combustión, contra el ISR. Se establece que este estímulo se considera ingreso acumulable para efectos de ISR.
  6. Estímulo en derecho de minería. Acreditamiento contra ISR el Derecho Especial de Minería para contribuyentes titulares de concesiones y asignaciones mineras cuyos ingresos brutos totales anuales por venta o enajenación de minerales y sustancias a que se refiere la Ley Minera, sean menores a 50 millones de pesos. Este estímulo permanece sin cambio.
  7. Estímulo para enajenación de libros, periódicos y revistas. Se elimina el estímulo fiscal a las personas físicas y morales residentes en México que enajenen libros, periódicos y revistas, cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de la cantidad de seis millones de pesos.
  8. Exención de DTA por importación de gas natural. Se mantiene la exención del pago del derecho de trámite aduanero que se cause por la importación de gas natural.

Notas finales
Esta ley entra en vigor el 1 de enero de 2021, aunque aún falta que concluya el proceso legislativo correspondiente.

 

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