Una duda común entre los contribuyentes es qué procedimiento se debe seguir cuando se comete una equivocación en el pago de un impuesto de forma que se genera un pago de lo indebido.
Al respecto, a través de la Reunión de Síndicos del Contribuyente, de diciembre de 2019, la autoridad ha explicado el procedimiento a seguir para tales efectos, mismo que a continuación se reproduce.
El contribuyente deberá ingresar al Servicio de Declaraciones y Pagos y presentar una declaración complementaria por el periodo de noviembre de 2019, seleccionando la opción “Dejar sin efecto obligación”, posteriormente capturará en el campo “Fecha del pago realizado con anterioridad”, la fecha de pago de la declaración anterior y en el campo “Monto pagado con anterioridad”, deberá capturar el monto pagado en la declaración anterior a la que presenta, con el fin de generar el saldo a favor por el pago de lo indebido.
Posteriormente, deberá presentar una declaración “Normal” por el periodo correspondiente, en la que podrá compensar el pago de lo indebido, capturando el importe a compensar en el campo de “Compensaciones”, ubicado en la sección “Determinación de Pago”.
Por último, se habilitará una ventana emergente en la que se detallará el origen del saldo a favor generado por el pago de lo indebido, dando clic en el botón “+ Agregar”.
En la compensación realizada conforme al proceso anterior ya no es necesario presentar aviso de compensación a traves del formulario de compensación ya sea electrónico o presencial?
Ya no es necesario presentar el aviso de compensación
¿Cuál es el procedimiento cuando el pago de lo indebido es por recargos o actualizaciones?
Seria posible que compartieran la fuente, fue por medio de comunicado del SAT?
Puedes consultarlo en la página del SAT en el siguiente enlace:
https://www.sat.gob.mx/articulo/94205/articulo-23
YA PRESENTE UNA COMPLEMENTARIA EN DONDE PAGUE LO INDEBIDO Y ME SALE SALDO A FAVOR QUE HAGO AHORA, CANCELO LA NORMAL Y COMPLEMENTARIA?
Buen día,
No se cancelan solo prevalece la última presentada, te recomendamos contactarnos para obtener una asesoría en aspectos de contabilidad.
si presente ejemplo mes de Noviembre fue pagada como complementaria y se presento Diciembre con cantidad a pagar pero por error se volvió a pagar la misma de noviembre podría realizar el procedimiento de compensación? ya que seria complementaria la declaración en que se va a compensar
Presenta una complementaria de Diciembre colocando los ingresos correctos para que te de el impuesto a cargo, y si es menor a lo pagado en la declaración normal se hará el acreditamiento, lo que quede como saldo a favor será considerado como un pago de lo indebido y lo podrás utilizar en tu declaración anual.
Es muy importante checar los montos de los ingresos.
tengo un pago indebido a favor puedo compensarlo con una declaración provisional del periodo anterior? según el art 15 del reglamento del cff